Prohibieron la actividad de "limpiavidrios" y "cuidacoches" en la Ciudad de Buenos Aires

Se establecen multas y trabajo comunitario a quienes cometan la contravención.

Prohibieron la actividad de limpiavidrios y cuidacoches en la Ciudad de Buenos Aires ARCHIVO
13 Diciembre 2018

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó esta tarde diversas modificaciones al Código Contravencional entre las que se destacan la imposición de multas y penas a quienes ofrecen o prestan servicios de estacionamiento y de limpieza de vidrios a automotores en la vía pública y que llega a días de arresto en el caso de que existiera la actividad sea realizada por una organización de personas.

Con penas más duras, sobre todo en los casos en los que se comprueba una organización que funcione en las inmediaciones de los estadios de fútbol o en eventos masivos, el Gobierno porteño tendrá la herramienta a mano para limpiar la calle de cuidacoches y de limpiavidrios. Desde 2011, cuando el entonces jefe porteño, Mauricio Macri, vetó una ley que regulaba la actividad de los trapitos, impulsada por el kirchnerismo, se consumieron horas de debate infructuosa para encontrar una alternativa que ponga orden en la vía pública y que afecta a muchos vecinos.

Con la actual reglamentación, la denuncia a los cuidacoches debe estar acompañada por el aval de testigos que puedan certificar la exigencia de dinero. Los cambios plantean una prohibición total de la actividad, lo que habilitará a las fuerzas policiales a actuar sin denuncia; es decir, si detectan a una persona en infracción podrán labrarle una multa cuyos valores también aumentaron.

Hoy la sanción para "quien exige retribución por el estacionamiento o cuidado de vehículos sin autorización legal" es de $ 400 a $ 2.000; tras la reforma, la sanción será de uno a cinco días de trabajo de utilidad pública o multa de 150 a 1.500 Unidades Fijas (UF); como cada UF tiene un valor de $ 17,85, irán de $ 2.677 a $ 26.775. Las sanciones son más graves cuando se comprueba la participación de una agrupación. "Cuando exista organización previa la sanción para los partícipes es de cinco a 15 días de arresto y se eleva al cuádruple para los jefes o los coordinadores", destaca el proyecto. Este concepto, tomado de un proyecto del diputado socialista, Roy Cortina, exceptúa del arresto a las personas que realizan la actividad en forma independiente.

En caso de que la falta ocurra en un radio de hasta 30 cuadras de donde esté programado un evento masivo, como un partido de fútbol o recital, las sanciones se endurecen si se comprueba la participación directa o indirecta de personas vinculadas a un club, con multas de entre 5.000 y 10.000 UF (de $ 89.250 a $ 178.500). Las mismas multas y penas se aplicarán para el caso de los limpiavidrios en infracción.

Desmedro del ciudadano

La modificación del artículo 84 del Código Contravencional, que regula el uso del espacio público, fue la puerta que abrió la prohibición de los cuidacoches y los limpiavidrios. "Se trata de una actividad ilegal que se observa a diario en Buenos Aires. Su ejercicio va en desmedro del ciudadano que desea estacionar su vehículo en un lugar público en el que no existe obligación alguna de abonar", argumenta la iniciativa. Y agrega: "(...) este tipo de actividad prohibida adquiere mayor relevancia cuando la damnificada es una mujer. El hecho de requerir dinero u ofrecer el cuidado del vehículo puede transformarse en una intimidación o extorsión".

La ley también agrega un apartado para los casos que se compruebe connivencia policial. "El/la funcionario/a policial que consienta u omita disuadir o perseguir las contravenciones previstas en los artículos 84 y 84 bis [cuidacoches y limpiavidrios] deberá enfrentar un sumario administrativo. Si se comprueba su responsabilidad, será sancionado/a disciplinariamente con su exoneración", dice el texto aprobado por la mayoría. (Télam - La Nación)

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