Exportadoras y casas de cambio: nuevas reglas de liquidación y compra de divisas

El Banco Central envió un comunicado en el que explica el cambio de normativas.

El presidente del Banco Central, Guido Sandleris. El presidente del Banco Central, Guido Sandleris.
01 Septiembre 2019

El Banco Central estableció que las empresas exportadoras deberán liquidar las divisas producto de sus ventas en el país y que todas las compañías, no solo los bancos, tendrán que pedir autorización a la entidad monetaria para girar divisas al exterior. Además, las casas se cambio deben seguir ciertos requisitos en cuanto a la compra y venta de dólares.

Los cobros de exportaciones de bienes correspondientes a permisos de embarque oficializados a partir de mañana deberán ser ingresados y liquidados en el mercado de cambios en un plazo de entre 15 a 180 días, dependiendo el caso.

“Respecto a las exportaciones oficializadas con anterioridad que se encuentren pendientes de cobro a la fecha, así como los nuevos anticipos y prefinanciaciones, deberán ser ingresadas y liquidadas en el mercado local de cambios dentro de los 5 días hábiles de la fecha de cobro o desembolso en el exterior o en el país”, dice el comunicado “A” 670 del Banco Central.

"Las Casas y Agencias de Cambio no podrán incrementar, sin conformidad previa del BCRA, sus tenencias en moneda extranjera respecto al promedio de sus tenencias de agosto de 2019 o el stock al cierre del día anterior a la entrada en vigencia de la presente, el máximo de los dos", expresa uno de los puntos marcados en el tecto.

"Por cada operación de cambio, se debe realizar un boleto de compra o venta de cambio, según corresponda", explica.

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