Pedicone pide que la Corte falle en un acto oral y público

En su planteo de “per saltum”, el juez y sus abogados instaron al alto tribunal a actuar para evitar que el caso “Leiva” arruine a la Justicia.

EN UNA AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA DE LA VIEJA CÁMARA DE APELACIONES. El juez Enrique Pedicone preside el debate de un recurso en enero. la gaceta / foto de franco vera (archivo) EN UNA AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA DE LA VIEJA CÁMARA DE APELACIONES. El juez Enrique Pedicone preside el debate de un recurso en enero. la gaceta / foto de franco vera (archivo)

Nunca había pasado que un juez de los Tribunales locales presentara un per saltum en la Corte Suprema de Justicia de Tucumán para que ese órgano falle en una audiencia oral y pública respecto de una causa penal que involucra a uno de sus cinco integrantes. Esa novedad completa forma parte de la realidad -¿o de la historia?- desde ayer por la tarde. Horas después de enterarse de que la comisión de Juicio Político de la Legislatura había archivado los seis pedidos de destitución contra el vocal Daniel Leiva y dado trámite a los siete existentes en su contra, el magistrado Enrique Pedicone (con licencia) convocó a la Corte a intervenir en la denuncia contra el primero para evitar que este proceso arruine al Poder Judicial (se informa por separado sobre la Legislatura).

“El juez Juan Francisco Pisa, la fiscala Mariana Rivadeneira, el imputado y su defensor Esteban Jerez pretenden que este asunto se pierda en el laberinto oscuro y amañado del proceso anterior, que transcurre de espaldas a la sociedad, para que el tiempo diluya las responsabilidades, y, una vez más, triunfen el delito y la corrupción que viene socavando los pilares básicos de nuestra vida democrática”, advirtieron Pedicone, y sus abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig.

El planteo procura que, en una audiencia oral y pública, la Corte resuelva si la investigación debe ser tramitada con el régimen abierto del nuevo Código Procesal Penal vigente desde el 1 de septiembre, o con el esquema escrito y cerrado del viejo Código de 1991. La primera solución es propiciada por Pedicone y sus abogados mientras que el juez Pisa, la fiscala Rivadeneira, el imputado y su defensor Jerez sostienen que, como los hechos habrían ocurrido el 28 de julio, debe ser aplicado el Código viejo sin perjuicio de que la denuncia data del 1 de septiembre. El otro debate pasa por el otorgamiento de la calidad de querellantes o de acusadores particulares: mientras Pisa, Leiva y Jerez consideran que Pedicone no puede ser parte de la causa, el juez denunciante reclama ese lugar, que también pretenden la fundación Centro de Estudios en Democracia, Justicia y Seguridad (Cedjus), y Salvador Iovane (h), representante de la denunciante del legislador Ricardo Bussi.

El per saltum es un instituto destinado a acortar el camino de acceso al alto tribunal en función de razones de gravedad institucional y de orden constitucional (se informa por separado). Entre 2019 y el presente la Corte tucumana admitió al menos dos salteos de instancias propuestos por el Ministerio Público Fiscal que encabeza Edmundo Jiménez. La semana pasada, la Corte Suprema de Justicia de la Nación abrió por unanimidad el per saltum que articularon los jueces Leopoldo Bruglia, Germán Castelli y Pablo Bertuzzi para discutir la modificación de sus destinos dispuestos por el Senado, y el presidente Alberto Fernández (se informa por separado).

Con el argumento de que habían emitido opinión en contra de Pedicone en tres decisiones administrativas vinculadas al conflicto, este y sus abogados plantearon que los vocales Antonio Daniel Estofán y Eleonora Rodríguez Campos debían apartarse del per saltum, además de obviamente Leiva (se informa por separado).

La presentación consigna que en juego está el esclarecimiento de las presiones que Pedicone denunció haber recibido de parte de Leiva “para que manejara las intensidades” del caso “Bussi” “en nombre del vicegobernador Osvaldo Jaldo y del gobernador Juan Manzur”. Como se sabe, Pedicone presentó un acta manuscrita labrada por el secretario Fernando Valladares y dos grabaciones que la defensa del vocal consideró apócrifos, y solicitó su exclusión como pruebas.

“Resulta ostensible que este recurso de per saltum se impone como el único medio eficaz para fulminar, en el menor tiempo posible, la deriva siniestra, destructiva y agraviante que el fallo de Pisa ha ocasionado ya al sistema republicano y democrático que nuestra Nación se ha obligado a respetar”, cuestionaron Pedicone y sus apoderados. Como habían dicho previamente ante Pisa y Rivadeneira, insistieron en que la normativa establecía que el sistema de la oralidad y la publicidad regía para las denuncias articuladas a partir del 1 de septiembre, y que el propio Leiva y los demás vocales habían sustentado ese criterio en la Acordada 806 del 31 de agosto.

El escrito aduce que Leiva trató desde el comienzo de impedir la pesquisa transparente y controlada, y se negó a entregar su teléfono para que lo peritaran, como le pidió Pedicone. “El vocal jamás aceptó el reto, y comenzó una serie aún inconclusa de fintas y esquives: se refugió en su vocalía para, desde allí –y al amparo del máximo tribunal-, tratar de influenciar, obstaculizar y desviar la investigación de los hechos que lo tienen como principal sospechoso”, agrega. El pedido de per saltum consigna que la Justicia está ante el riesgo de la más grave claudicación en esta etapa de la democracia: “si la Corte no aniquila el fallo de Pisa, podrá colegirse que el Poder Judicial ha optado por el secretismo; marginado la transparencia; renunciado a su imparcialidad, y, sin pudor, se ha puesto del lado del delito y la obscuridad. Si no actúa, la Corte avisará que en esta tierra los derechos no encuentran tutela en los Tribunales, y que la verdad no es una virtud ni una obligación ni un destino”.

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