Más reveses para Pedicone

Sbdar, Rodríguez Campos y Acosta rechazaron dos cautelares.

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán hizo trizas la ilusión del juez Enrique Pedicone de que su procedimiento de destitución sea detenido provisoriamente. El estrado integrado por las vocales Claudia Sbdar y Eleonora Rodríguez Campos, y Juan Ricardo Acosta, camarista en lo Contencioso Administrativo, denegó las medidas cautelares que el magistrado había solicitado en dos procesos diferentes. Ambas decisiones notificadas ayer se fundaron en el mismo motivo: según los jueces, Pedicone no logró demostrar la verosimilitud de los derechos que considera conculcados por los órganos encargados de acusarlo y de juzgarlo, la comisión de Juicio Político de la Legislatura y el Jurado de Enjuiciamiento. Estos nuevos reveses judiciales implican que, en principio, nada evitaría que el miércoles próximo los ocho jurados definan si el juez conserva o pierde el cargo, y, con él, el acceso a la una jubilación con el beneficio del 82% móvil y la posibilidad de ocupar puestos públicos.

En uno de los amparos, Pedicone, y sus abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig cuestionaron que tres legisladores oficialistas de Juicio Político, el presidente Zacarías Khoder, Adriana Najar y Norma Reyes Elías, hayan intervenido, pese a haber incurrido en prejuzgamiento. Luego agregaron que la mayoría justicialista de la comisión de Juicio Político decidió impulsar la destitución antes de que terminara la producción de pruebas. En el otro litigio, el magistrado objetó la integración del Jurado de Enjuiciamiento con un representante del gobernador Juan Manzur, el fiscal de Estado, Federico Nazur. Según estas demandas, la imposibilidad de apartar a los legisladores recusados y la presencia de Nazur lesionan el derecho a ser juzgado por institutos imparciales.

Pedicone y sus abogados iniciaron numerosos procesos judiciales desde el 1 de septiembre, cuando el primero denunció que un vocal de la Corte, Daniel Leiva, le había pedido que manejara las intensidades de una causa penal del legislador opositor Ricardo Bussi. Ninguno de esos casos logró acogida. Este viernes, la Corte desechó que a simple vista surja que la posición del magistrado tenga asidero jurídico. “De los escritos presentados, con la provisoriedad propia del juzgamiento de una medida cautelar, no luce a primera vista la exigencia de verosimilitud del derecho o la ilegalidad manifiesta”, dijeron Sbdar, Rodríguez Campos y Acosta. En cuanto al juicio del fiscal de Estado, la Corte recordó que en otro caso había resuelto que lo dirimente era que ningún sector político tuviese la mayoría de dos tercios requerida para echar a un juez.

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