Tal vez sea una de las provincias que más problemas crónicos arrastra a los largo de los lustros y algunos de ellos que han alcanzado la mayoría de edad perjudican al ciudadano. Nuestra sección Cartas suele ser eco de las quejas por el cobro del plus médico, que sigue gozando de buena salud y que va en detrimento del bolsillo de los afiliados de las obras sociales.
En nuestra edición del 6 diciembre pasado, un lector que es usuario del Subsidio de Salud afirmaba: “estamos desamparados, porque permite cobrar cifras altísimas de plus médico, como también arreglos odontológicos con precios que están fuera de las coberturas y que no son acordes al bolsillo de un paciente”. Sobre esa carta, un forista comentaba que esta “exacción ilegal” causa daño en la economía del ciudadano que se entrega confiado a su obra social, “aportando religiosamente cuotas que, llegado el momento, son literalmente despreciadas por los profesionales, que argumentan merecer mucho más que la ‘mísera’ orden”. Y agregaba: “nadie quiere ocuparse del tema, mucho menos las obras sociales. Se lavan las manos diciendo: ‘traigan pruebas’. Aquellos no son tontos y nunca te darán un recibo que los delate. Ahora que habrá una renovación de legisladores, ¿surgirá alguno que levante la voz?”
Un trabajador registrado legalmente está afiliado a una determinada obra social, lo cual implica que mensualmente, tanto él como la patronal, aportan un porcentaje para recibir ese imprescindible servicio. Abonando una orden de consulta debe ser atendido por un profesional. Sin embargo, en Tucumán, en una gran proporción, el afiliado, además de presentar la orden, debe pagar un “plus médico” para que la práctica médica sea posible.
Los montos que suelen cobrar los profesionales que reciben también la orden de consulta, varían, por lo general, entre los $400 y los $1.000 o más. Si el honorario extra fuera, por ejemplo, de $400 y un profesional atendiera diariamente 12 pacientes en una tarde, recaudaría $4.800, multiplicado por cinco días de la semana, representarían $24.000 y al mes, $96.000, en el caso de que tuviese cuatro semanas, $120.000, si fueran cinco. Al ser un cobro en negro, porque la mayoría de los profesionales no le otorga un recibo al paciente, con el cual este podría gestionar el reintegro de ese plus a su obra social, significa que no solo está violando la ley en vigencia, sino que también está evadiendo el fisco.
El plus médico surgió en 1985, cuando la inflación devaluó los aranceles establecidos y estos no se actualizaron. Los médicos recurrieron a cobros adicionales para equilibrar sus honorarios, fisurando el sistema de seguridad social, con el perjuicio del afiliado. Para dar fin a estos excesos, el 19 de noviembre de 1990, se sancionó la ley N° 6.061 (Ley Fierro), que prescribe la ilegalidad del pago de adicionales en las consultas médicas; sin embargo, no se la aplicó. En la década de 1990, pese a la Convertibilidad y a la deflación, la exacción ilegal continuó y se amplió a otros profesionales de la salud. El Siprosa decidió aplicar la Ley Fierro en diciembre de 2001. La norma establece diversas penas que van desde multas hasta la suspensión de la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores con comunicación a todas las obras sociales y que aquellos que no quieran estar sujetos a este régimen pueden renunciar previa comunicación a las autoridades. En más de 20 años, los gobiernos de turno no han aplicado la ley y al igual que la AFIP miran por otro lado, desamparando al afiliado.