AFIP publicó los nuevos plazos para la recategorización y pago del Monotributo

Los contribuyentes tendrán la posibilidad de acceder a los beneficios de la ley de Alivio Fiscal.

AFIP. AFIP.
05 Julio 2022

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso la recategorización semestral del Monotributo que está prevista entre el 11 y el 29 de julio. Además, el plazo para pagar la obligación mensual fue extendido hasta el 27 del corriente mes. Estas disposiciones fueron establecidas a través de la resolución general 5226/2022.

De este modo, los monotributistas tendrán la posibilidad de acceder a los beneficios de la ley Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos. La ley 27.676 amplió los límites de facturación máxima correspondiente a la categoría del Monotributo, por los que permite que los monotributistas permanezcan en los niveles actuales, sin ser incrementados los valores de sus obligaciones mensuales.

PRÓRROGA. La AFIP extendió el plazo para presentar DDJJ y para pagar tributos. PRÓRROGA. La AFIP extendió el plazo para presentar DDJJ y para pagar tributos.

Asimismo, dicha normativa establece la exención del componente impositivo de la obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del Monotributo, es decir, que no tenga otro trabajo en relación de dependencia, ni cobren jubilación, y tampoco perciban ingresos por alquileres.

Monotributistas: Hasta cuándo se puede hacer la recategorización

El plazo establecido para realizar la recategorización semestral del Monotributo estará habilitado entre el 11 y el 29 de julio. Esto consiste en la evaluación de la actividad de los últimos 12 meses para determinar si deben mantener la categoría en la que se encuentran o modificarla.

Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización; los monotributistas que se mantengan en la misma categoría no deberán realizar ninguna acción.

BENEFICIO. AFIP / Archivo BENEFICIO. AFIP / Archivo

También, la AFIP extendió el periodo para pagar las obligaciones mensuales hasta el 27 de julio del corriente mes. La ampliación de los plazos tiene como objetivo facilitar las tareas de cumplimiento de los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B que fueron beneficiados por la exención del componente impositivo, que impactará a partir del 11 de julio.

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