Narcomenudeo: el primer fallo con la nueva ley fue por tenencia

Una mujer de Alderetes que tenía 40 gramos de marihuana y 60 de cocaína recibió una pena de tres años condicional

EL SECUESTRO. Dinero y unos pocos gramos de marihuana y de cocaína se halló en la casa de Imelda Bustos en Alderetes.  EL SECUESTRO. Dinero y unos pocos gramos de marihuana y de cocaína se halló en la casa de Imelda Bustos en Alderetes.

Tres semanas después de que se pusiera en marcha y gracias a la agilidad que aporta el nuevo Código Procesal Penal, ayer se firmó la primera condena por la ley de narcomenudeo. Si bien es histórico, el fallo tiene una mayor importancia porque generó cuatro precedentes para el futuro.

La primera pena fue por tenencia; los errores en una mala investigación policial complican el accionar de la Justicia; la prueba de campo que se le hace a la sustancia es suficiente para llegar a una pena; y la polémica que puede generar el destino final de la droga secuestrada.

El 7 de diciembre, personal de la comisaría de Lastenia consiguió que el juez Guillermo Taylor autorizara el allanamiento en el domicilio de Imelda Bustos por una causa en la que investigaban el robo de una moto. En el domicilio, ubicado en el barrio Santa Isabel de Alderetes. Al realizar la medida, los policías encontraron 48 bagullos de marihuana (poco más de 40 gramos) y unas 60 dosis de cocaína (menos de 10 gramos). La mujer fue detenida y, en un primer momento, acusada de comercialización de drogas.

En dos semanas, el defensor de la acusada, Gustavo Cornejo, y los referentes de la Unidad Fiscal de Narcomenudeo que conduce José Sanjuán, acordaron cerrar el expediente a través de un juicio abreviado. La acusada aceptaría su culpabilidad, haría un resarcimiento económico de $98.000 (el dinero que se secuestró en el allanamiento, que será destinado a los centros de recuperación de adictos), realizaría un tratamiento para las adicciones y no cometería ningún otro delito a cambio de que se le impusiera una pena de tres años de cumplimiento condicional.

En la audiencia que se realizó ayer, la auxiliar Brenda Deroy, siguiendo las instrucciones del fiscal Sanjuán, señaló que la acusada debía ser penada por tenencia simple (porque no se pudo probar que era para la venta ni para consumo) y no por comercialización de drogas. Argumentó que debieron reformular los cargos porque no tenían pruebas para sostener la primera imputación. Relató por ejemplo, que en las actuaciones enviadas a la fiscalía, la Policía presentó un testigo (su identidad se preserva) que les había asegurado que Bustos vendía drogas. Sin embargo, al ser citado para que ratifique sus dichos, el hombre dijo que él no había declarado eso.

La fiscalía buscó en vano otras alternativas para mantener la acusación. En un informe socioambiental en el vecindario, ningún habitante la acusó como vendedora de drogas. Personal de la Didrop Este tampoco encontró imágenes tomadas por las cámaras –en la zona no existen- para tratar de encontrar alguna escena en donde apareciera una operación de compra de sustancia. En el allanamiento tampoco hubo secuestros de elementos que permitieran presumir que la sustancia era para la venta.

Una salida

Además, Deroy aclaró en la audiencia que no tenían los resultados periciales a los que debe ser sometida la sustancia secuestrada. Sí señaló que tenía un adelanto del laboratorio de la Policía Federal en el que confirmaba la presencia de THC en la marihuana y que sólo tenía la prueba de campo –el análisis con reactivo que hace la Policía al encontrar droga- de la cocaína.

La representante del Ministerio Público Fiscal consideró que esas pericias y que la aceptación de culpabilidad de la acusada eran suficientes para que fuese condenada.

Como el defensor Cornejo no se opuso, el juez Guido Buldurini terminó aceptando la pena impuesta por tenencia. En la audiencia no se ventiló por qué descartaron que la mujer haya tenido esa cantidad para consumo personal, pero sí dispusieron que realice un tratamiento contra las adicciones.

El fallo dejó un precedente clave ante los problemas que hay en la provincia para hacer las pericias de rigor. El PE había firmado un convenio con la Policía Federal en el que la fuerza se comprometía a realizar esos análisis, pero antes de que se cumpliera una semana de haber entrado en vigencia la Ley, anunciaron que no podían realizar esa tarea porque no contaban con insumos.

El gobernador interino Osvaldo Jaldo ordenó al ministro de Seguridad, Eugenio Agüero Gamboa que buscara solucionar el problema aportando lo que fuese necesario. Al indagar, recibió la respuesta que las pruebas se realizarían finalmente en los laboratorios que la fuerza tiene en Salta, pero que sólo lo harían a partir de febrero. Esta novedad terminó transformándose en un obstáculo para los tiempos procesales.

Una resolución polémica: el juez no permitió la destrucción de la droga

Después de haber presentado los detalles del acuerdo de juicio abreviado, la auxiliar Brenda Deroy, por pedido del fiscal José Sanjuán, solicitó que la droga secuestrada en esta causa fuera destruida. El Ministerio Público Fiscal firmó un convenio con la empresa 9 de Julio para usar los hornos que tiene con el fin de eliminar la sustancia.

Sin embargo, el juez Guido Buldurini rechazó el planteo hasta tanto no se realice la contraprueba, sin importar que la acusada haya sido condenada y que su defensor asegurara que no impugnaría el fallo, por lo que la sentencia quedó firme.

Deroy insistió con el planteo reclamando que sea una destrucción parcial y que se reserve una parte para que se realicen las pericias. “No hay que dejar de tener en cuenta que cada vez será más la cantidad de droga que se irá acumulando lo que puede generar problemas”, explicó. El magistrado también rechazó este pedido.

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