18 Mayo 2013
El juez Alberto Piedrabuena objetará en la Justicia la decisión del gobernador, José Alperovich, de rechazar su renuncia al cargo para acogerse a la jubilación.
El martes, el titular del Poder Ejecutivo firmó el decreto N° 1.367/1, que fue publicado ayer en el Boletín Oficial de la Provincia. En ese instrumento, denegó la dimisión condicionada al cargo para adherirse a la jubilación, presentada el 24 de abril por el vocal de la sala II de la Cámara Penal. Piedrabuena integró junto a Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano el tribunal que el 11 de diciembre pasado dejó en libertad a los 13 imputados por el secuestro y promoción a la prostitución de María de los Ángeles "Marita" Verón.
El primer integrante de la sala II que presentó su renuncia fue Herrera Molina. Pero Alperovich se la rechazó el 1 de febrero, con el argumento de que no podía aceptarle porque estaba en marcha un proceso de destitución en contra del magistrado. Con el patrocinio de los letrados José Roberto Toledo y Arnaldo Ahumada, Herrera Molina acudió a la Cámara en lo Contencioso Administrativo y obtuvo un fallo favorable. Con los votos de los vocales Rodolfo Novillo, Carlos Giovanniello (en disidencia parcial) y Ebe López Piossek, la Sala II hizo lugar a la acción de amparo promovida por Herrera Molina, y declaró nulo de nulidad absoluta e insanable el decreto de rechazo de la renuncia. El tribunal resolvió devolver al PE los expedientes relativos a la dimisión presentada por el juez para acogerse a la jubilación "con el fin de que, dentro de la esfera de su competencia, el gobernador cumpla con el dictado de un nuevo acto administrativo que observe la nulidad declarada en esta sentencia".
Ahumada, en representación del juez Piedrabuena, adelantó ayer que repetirán la estrategia de judicializar el decreto de Alperovich, mediante la presentación de un recurso de amparo. Y sumarán en sus fundamentos parte de la sentencia de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo para reclamar la nulidad del instrumento firmado por el Poder Ejecutivo.
El letrado, además, insistió en que el oficialismo no respeta la Ley N° 8.199. El texto, en su artículo 15, establece el inmediato archivo de las actuaciones (de juicio político) ante la existencia de la renuncia del acusado. "Si el fin del juicio político es la separación del acusado de un cargo, por qué entonces no deja que se vaya cuando el juez está renunciando por voluntad propia", cuestionó Ahumada.
Piedrabuena, en un escrito que presentó paralelamente ante el presidente del Jurado de Enjuiciamiento, el vocal de la Corte Suprema de Justicia, Daniel Posse, insistió en que el proceso de destitución iniciado en su contra constituye un linchamiento público. Luego, defendió la actuación del tribunal que integró en el juicio oral por el caso de Marita Verón, y cuestionó el procedimiento llevado a cabo en la Legislatura tras el pedido de enjuiciamiento solicitado por Susana Trimarco, madre de la joven secuestrada y desaparecida desde 2002.
El proceso contra Romero Lascano y Piedrabuena está suspendido, como lo ordenó la Corte a partir de una medida cautelar favorable a un planteo del propio Romero Lascano. Herrera Molina, en tanto, quedó fuera del Jury tras un fallo a su favor de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. El alto tribunal, además, aún debe emitir sentencia respecto del decreto por el que el Poder Ejecutivo rechazó la jubilación de Herrera Molina. El caso de Piedrabuena, al parecer, seguiría el mismo camino.
El martes, el titular del Poder Ejecutivo firmó el decreto N° 1.367/1, que fue publicado ayer en el Boletín Oficial de la Provincia. En ese instrumento, denegó la dimisión condicionada al cargo para adherirse a la jubilación, presentada el 24 de abril por el vocal de la sala II de la Cámara Penal. Piedrabuena integró junto a Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano el tribunal que el 11 de diciembre pasado dejó en libertad a los 13 imputados por el secuestro y promoción a la prostitución de María de los Ángeles "Marita" Verón.
El primer integrante de la sala II que presentó su renuncia fue Herrera Molina. Pero Alperovich se la rechazó el 1 de febrero, con el argumento de que no podía aceptarle porque estaba en marcha un proceso de destitución en contra del magistrado. Con el patrocinio de los letrados José Roberto Toledo y Arnaldo Ahumada, Herrera Molina acudió a la Cámara en lo Contencioso Administrativo y obtuvo un fallo favorable. Con los votos de los vocales Rodolfo Novillo, Carlos Giovanniello (en disidencia parcial) y Ebe López Piossek, la Sala II hizo lugar a la acción de amparo promovida por Herrera Molina, y declaró nulo de nulidad absoluta e insanable el decreto de rechazo de la renuncia. El tribunal resolvió devolver al PE los expedientes relativos a la dimisión presentada por el juez para acogerse a la jubilación "con el fin de que, dentro de la esfera de su competencia, el gobernador cumpla con el dictado de un nuevo acto administrativo que observe la nulidad declarada en esta sentencia".
Ahumada, en representación del juez Piedrabuena, adelantó ayer que repetirán la estrategia de judicializar el decreto de Alperovich, mediante la presentación de un recurso de amparo. Y sumarán en sus fundamentos parte de la sentencia de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo para reclamar la nulidad del instrumento firmado por el Poder Ejecutivo.
El letrado, además, insistió en que el oficialismo no respeta la Ley N° 8.199. El texto, en su artículo 15, establece el inmediato archivo de las actuaciones (de juicio político) ante la existencia de la renuncia del acusado. "Si el fin del juicio político es la separación del acusado de un cargo, por qué entonces no deja que se vaya cuando el juez está renunciando por voluntad propia", cuestionó Ahumada.
Piedrabuena, en un escrito que presentó paralelamente ante el presidente del Jurado de Enjuiciamiento, el vocal de la Corte Suprema de Justicia, Daniel Posse, insistió en que el proceso de destitución iniciado en su contra constituye un linchamiento público. Luego, defendió la actuación del tribunal que integró en el juicio oral por el caso de Marita Verón, y cuestionó el procedimiento llevado a cabo en la Legislatura tras el pedido de enjuiciamiento solicitado por Susana Trimarco, madre de la joven secuestrada y desaparecida desde 2002.
El proceso contra Romero Lascano y Piedrabuena está suspendido, como lo ordenó la Corte a partir de una medida cautelar favorable a un planteo del propio Romero Lascano. Herrera Molina, en tanto, quedó fuera del Jury tras un fallo a su favor de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. El alto tribunal, además, aún debe emitir sentencia respecto del decreto por el que el Poder Ejecutivo rechazó la jubilación de Herrera Molina. El caso de Piedrabuena, al parecer, seguiría el mismo camino.