06 Enero 2014
A FOJAS CERO. En marzo, cuando comience un nuevo período de sesiones, los ediles tratarán la norma vetada. LA GACETA / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO (ARCHIVO)
En la sesión del pasado 19 de diciembre, los concejales de la capital aprobaron una ordenanza mediante la que otorgaba un plazo de un año a todos los propietarios de edificios que habían violado el Código de Planeamiento Urbano (CPU) para que adecuasen sus inmuebles a la normativa. Pero 10 días después, el 30 de diciembre precisamente, el intendente, Domingo Amaya, decidió vetar parcialmente la ordenanza que había nacido desde el bloque alperovichista.
Ese día, el proyecto de ordenanza del alperovichista Luis Marcuzzi que fue avalado con el voto favorable de 15 concejales -los opositores Sandra Manzone (CC-ARI) y José Luis Avignone (UCR) votaron en contra- establecía la creación un plan para la regularización de obras construidas, en todas sus tipologías, en las que se hayan detectado o que hayan declarado transgresiones al CPU. La disposición iba a tener una vigencia de un año y finalizaba en diciembre de 2014.
Si bien el proyecto de ordenanza del oficialismo había sido ponderado por los ediles alperovichistas y amayistas, la opositora Manzone fue una de las voces más críticas en el recinto. La representante de Elisa Carrió en Tucumán había cuestionado que el beneficio alcance para los propietarios de inmuebles que violaron en reiteradas oportunidades el CPU y que accedieron oportunamente a un plan de regularización. “La ordenanza terminará favoreciendo a todos los violadores seriales del Código de Planeamiento Urbano, como por ejemplo, la constructora Mas & Rovira. Porque, hasta la fecha, ya hay aprobadas ocho ordenanzas con las mismas características. La norma debería haber previsto que aquellas empresas que ya violaron el CPU sean excluidas de este jubileo”, había planteado Manzone. El artículo 2º de la norma establecía que los interesados en acogerse a la nueva reglamentación estaban obligados presentar ante la Dirección de Catastro municipal la documentación técnica de la obra que deberá ser regularizada. Luego, Catastro analizaría la documentación presentada y, luego de que se haya cumplido con las exigencias formales, la repartición municipal iniciaría el trámite administrativo de regularización de la obra.
Respecto del canon que deberían abonar las empresas en falta, el monto variaba de acuerdo a la cantidad de metros cuadrados con que cuente el inmueble en infracción. Así, se dispuso un canon de $ 2.500, para edificaciones hasta 200 m2, $ 8.000 para las construcciones de hasta 350 m2, y $ 20.000 pesos para edificaciones de más de 350m2. En este último caso, la Dirección de Catastro deberá analizar la documentación técnica presentada por el infractor. Luego, el expediente tenía que ser remitido a la Subsecretaría de Planeamiento Urbano. El trámite finalizaba cuando el expediente era remitido al Concejo Deliberante para su aprobación.
Pero hace siete días, Amaya decidió vetar los artículos 1º, 2º, 3º y 5º de la ordenanza aprobada. En su fundamentos, el jefe municipal esgrimió: “que al intervenir la Dirección de Catastro y Edificación con relación al proyecto, se efectúa observaciones con respecto a la redacción del artículo 1º, indicando que el mismo no aclara expresamente que el régimen de regularización se refiere a ‘obras construidas’ ya materializadas a la fecha de sanción de la ordenanza. En consecuencia, el plazo de presentación propuesto hasta el 31 de diciembre de 2014 resulta ser excesivamente prolongado”.
En cuanto al artículo 2º, el intendente consideró que el proyecto de ordenanza debería especificar que las disposiciones del plan de adecuación sólo permite regularizar las faltas contenidas en el Código de Planeamiento Urbano.
Avignone, quien en la sesión del 19 de diciembre votó en contra del proyecto oficial, recordó que en ese encuentro parlamentario había solicitado que la iniciativa sea devuelta a la comisión de Obras Públicas para un mayor estudio. “Aprobaron cualquier cosa ese día. Yo se les advertí pero como uno es opositor no escuchan. Ese proyecto tenía varios errores de forma y cuya aplicación se hacía inviable. El espíritu era bueno pero no la norma no era clara”, se quejó el radical.
Ese día, el proyecto de ordenanza del alperovichista Luis Marcuzzi que fue avalado con el voto favorable de 15 concejales -los opositores Sandra Manzone (CC-ARI) y José Luis Avignone (UCR) votaron en contra- establecía la creación un plan para la regularización de obras construidas, en todas sus tipologías, en las que se hayan detectado o que hayan declarado transgresiones al CPU. La disposición iba a tener una vigencia de un año y finalizaba en diciembre de 2014.
Si bien el proyecto de ordenanza del oficialismo había sido ponderado por los ediles alperovichistas y amayistas, la opositora Manzone fue una de las voces más críticas en el recinto. La representante de Elisa Carrió en Tucumán había cuestionado que el beneficio alcance para los propietarios de inmuebles que violaron en reiteradas oportunidades el CPU y que accedieron oportunamente a un plan de regularización. “La ordenanza terminará favoreciendo a todos los violadores seriales del Código de Planeamiento Urbano, como por ejemplo, la constructora Mas & Rovira. Porque, hasta la fecha, ya hay aprobadas ocho ordenanzas con las mismas características. La norma debería haber previsto que aquellas empresas que ya violaron el CPU sean excluidas de este jubileo”, había planteado Manzone. El artículo 2º de la norma establecía que los interesados en acogerse a la nueva reglamentación estaban obligados presentar ante la Dirección de Catastro municipal la documentación técnica de la obra que deberá ser regularizada. Luego, Catastro analizaría la documentación presentada y, luego de que se haya cumplido con las exigencias formales, la repartición municipal iniciaría el trámite administrativo de regularización de la obra.
Respecto del canon que deberían abonar las empresas en falta, el monto variaba de acuerdo a la cantidad de metros cuadrados con que cuente el inmueble en infracción. Así, se dispuso un canon de $ 2.500, para edificaciones hasta 200 m2, $ 8.000 para las construcciones de hasta 350 m2, y $ 20.000 pesos para edificaciones de más de 350m2. En este último caso, la Dirección de Catastro deberá analizar la documentación técnica presentada por el infractor. Luego, el expediente tenía que ser remitido a la Subsecretaría de Planeamiento Urbano. El trámite finalizaba cuando el expediente era remitido al Concejo Deliberante para su aprobación.
Pero hace siete días, Amaya decidió vetar los artículos 1º, 2º, 3º y 5º de la ordenanza aprobada. En su fundamentos, el jefe municipal esgrimió: “que al intervenir la Dirección de Catastro y Edificación con relación al proyecto, se efectúa observaciones con respecto a la redacción del artículo 1º, indicando que el mismo no aclara expresamente que el régimen de regularización se refiere a ‘obras construidas’ ya materializadas a la fecha de sanción de la ordenanza. En consecuencia, el plazo de presentación propuesto hasta el 31 de diciembre de 2014 resulta ser excesivamente prolongado”.
En cuanto al artículo 2º, el intendente consideró que el proyecto de ordenanza debería especificar que las disposiciones del plan de adecuación sólo permite regularizar las faltas contenidas en el Código de Planeamiento Urbano.
Avignone, quien en la sesión del 19 de diciembre votó en contra del proyecto oficial, recordó que en ese encuentro parlamentario había solicitado que la iniciativa sea devuelta a la comisión de Obras Públicas para un mayor estudio. “Aprobaron cualquier cosa ese día. Yo se les advertí pero como uno es opositor no escuchan. Ese proyecto tenía varios errores de forma y cuya aplicación se hacía inviable. El espíritu era bueno pero no la norma no era clara”, se quejó el radical.