01 Octubre 2014
Una perdigonada del Ministerio Público. Así definió Rodolfo Burgos (foto), defensor del imputado y colega Daniel Martín, a la acusación sostenida contra su cliente por parte de Carlos Brito, fiscal a cargo de la instrucción de las causas “Borquez” y “Camandona”, y de Leopoldo Peralta Palma, fiscal general subrogante ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF).
“La perdigonada buscó sostener las causas aunque ello implicase una actuación desmedida que no se compadece con el código procesal y la Constitución. Lo importante era sostenerlas, que no se caigan, que lleguen a juicio”, expresó Burgos. A Peralta Palma le recriminó el no haber sido capaz de probar la imputación que sustentó. A Brito le achacó el haber desarrollado durante un año una actuación preliminar exenta de control judicial.
“La médula central es la acusación fundada en prueba indebida, que no puede ser la base de reproche en un Estado constitucional de derecho”, alegó después de insistir en que la tentativa de defraudación en perjuicio de la administración pública estaba prescripta respecto de Martín (más tarde el TOF acogió ese planteo). También recordó que, según el penalista Carlos Creus, el delito de falsificación de instrumento público se consuma cuando este queda confeccionado como tal, con todas los requerimientos que prevé la ley, porque en ese momento nace la posibilidad del perjuicio. “Pero los oficios cuestionados no tenían la firma del secretario, tal y como exige la Ley 22.172”, dijo y otra vez a caballo de Creus afirmó que la tentativa no era posible en el delito en cuestión.
Burgos tachó de mentirosos a los testimonios de Laura Alercia, ex abogada del Ministerio de Economía de la Nación, y de Julio Melchor Camandona e Inés Yolanda Borquez, ex bonistas sobreseídos (en relación con esta última, dijo que su versión de los hechos fue pergeñada por el ‘mago’ Juan Carlos Malek -ex letrado de Borquez-). Y expresó que había transcurrido el plazo razonable para juzgar a su cliente (al respecto, recordó que, entre otros precedentes, el TOF había aplicado tal instituto en beneficio de Juan Alberto Kaleñuk, ex gendarme y colaborador directo del gobernador José Alperovich).
“La crisis de los títulos públicos marcó un antes y un después en la Justicia Federal. Ya hay una mejor institución: el ancien régime terminó con la destitución del ex juez Felipe Terán y la renuncia del ex juez Jorge Parache. ¿Esta crisis requiere de una sentencia condenatoria? Entiendo que ya se produjeron los beneficios concretos para la comunidad”, reflexionó. E impugnó la comparación de su cliente con un fondo buitre que había formulado Peralta Palma: “Martín no es buitre, era abogado y ya no lo es más. En el TOF aprendí que no se quema la casa para asar el cerdo. El proceso penal no es de autor sino de actos; no se trata de quién es el imputado sino de lo que hizo”. Por último, Burgos instó al tribunal a animarse a absolver a Martín, que, además de “Borquez” y “Camandona”, carga con una acusación en “Taranto”: “lo máximo que puede existir es una duda. Sería un escándalo que los jueces criminales ocupen su sitio para condenar y no para administrar justicia... Me permito recordar que las sentencias absolutorias honran a la magistratura”.
“La perdigonada buscó sostener las causas aunque ello implicase una actuación desmedida que no se compadece con el código procesal y la Constitución. Lo importante era sostenerlas, que no se caigan, que lleguen a juicio”, expresó Burgos. A Peralta Palma le recriminó el no haber sido capaz de probar la imputación que sustentó. A Brito le achacó el haber desarrollado durante un año una actuación preliminar exenta de control judicial.
“La médula central es la acusación fundada en prueba indebida, que no puede ser la base de reproche en un Estado constitucional de derecho”, alegó después de insistir en que la tentativa de defraudación en perjuicio de la administración pública estaba prescripta respecto de Martín (más tarde el TOF acogió ese planteo). También recordó que, según el penalista Carlos Creus, el delito de falsificación de instrumento público se consuma cuando este queda confeccionado como tal, con todas los requerimientos que prevé la ley, porque en ese momento nace la posibilidad del perjuicio. “Pero los oficios cuestionados no tenían la firma del secretario, tal y como exige la Ley 22.172”, dijo y otra vez a caballo de Creus afirmó que la tentativa no era posible en el delito en cuestión.
Burgos tachó de mentirosos a los testimonios de Laura Alercia, ex abogada del Ministerio de Economía de la Nación, y de Julio Melchor Camandona e Inés Yolanda Borquez, ex bonistas sobreseídos (en relación con esta última, dijo que su versión de los hechos fue pergeñada por el ‘mago’ Juan Carlos Malek -ex letrado de Borquez-). Y expresó que había transcurrido el plazo razonable para juzgar a su cliente (al respecto, recordó que, entre otros precedentes, el TOF había aplicado tal instituto en beneficio de Juan Alberto Kaleñuk, ex gendarme y colaborador directo del gobernador José Alperovich).
“La crisis de los títulos públicos marcó un antes y un después en la Justicia Federal. Ya hay una mejor institución: el ancien régime terminó con la destitución del ex juez Felipe Terán y la renuncia del ex juez Jorge Parache. ¿Esta crisis requiere de una sentencia condenatoria? Entiendo que ya se produjeron los beneficios concretos para la comunidad”, reflexionó. E impugnó la comparación de su cliente con un fondo buitre que había formulado Peralta Palma: “Martín no es buitre, era abogado y ya no lo es más. En el TOF aprendí que no se quema la casa para asar el cerdo. El proceso penal no es de autor sino de actos; no se trata de quién es el imputado sino de lo que hizo”. Por último, Burgos instó al tribunal a animarse a absolver a Martín, que, además de “Borquez” y “Camandona”, carga con una acusación en “Taranto”: “lo máximo que puede existir es una duda. Sería un escándalo que los jueces criminales ocupen su sitio para condenar y no para administrar justicia... Me permito recordar que las sentencias absolutorias honran a la magistratura”.