19 Diciembre 2014
EL FISCAL. Herrera salió de los tribunales el miércoles al mediodía, cuando la jueza definía la libertad de Rigourd. la gaceta / foto de héctor peralta
Entre el viernes y el miércoles, la jueza Mirta Lenis de Vera tuvo en sus manos todo el expediente de la investigación por las presuntas estafas que Jorge Alejandro Rigourd habría cometido desde la financiera Cofin. Luego decidió la libertad del empresario y de su socio Hugo Sánchez, con críticas a la tarea del fiscal Guillermo Herrera.
Lenis de Vera advirtió, según los fundamentos de su resolución, que existen elementos que involucran a Rigourd y a Sánchez, aunque con distinto grado de compromiso.
Prohibido ausentarse
Esas pruebas a las que hizo mención la magistrada son, sobre todo, “las manifestaciones de los denunciantes tanto en sede policial como judicial”. Sin embargo, “no revisten la entidad probatoria suficiente para sustentar la medida coercitiva solicitada”, afirmó Lenis de Vera al justificar el rechazo de la prisión preventiva.
Rigourd y Sánchez deben presentar cauciones reales y personales antes de recuperar la libertad. El primero de ellos debe afectar bienes inmuebles por $ dos millones o depositar una suma similar, para garantizar su sujeción al proceso. Además le dictaron la inhibición general de sus bienes, la prohibición de salir de la provincia y debe comparecer todos los lunes a tribunales a firmar el libro de imputados. Similares medidas debe cumplir Sánchez, aunque la caución fijada en su caso es de $ 300.000.
Escasa actividad
“Resulta importante poner en relieve que la actividad llevada a cabo por el señor fiscal en la presente investigación, como titular de la acción pública, sólo se limitó a reunir presentaciones efectuadas por posibles damnificados quienes sólo acompañaron copias de documentación y/o instrumentos justificativos de sus pretensiones, las cuales no reúnen los recaudos legales mínimos a tal fin (copias simples, sin sellado, sin certificaciones pertinentes)”, describió Lenis de Vera en la resolución.
La causa se había iniciado por denuncias realizadas por personas que habían depositado dinero en Cofin, pero que no habían logrado que les retribuyeran la plata y mucho menos los intereses prometidos. El 7 de noviembre, Herrera allanó las oficinas de la financiera, ubicada en el microcentro, y secuestró computadoras y documentación.
Lenis de Vera afirmó que leyó el expediente, y que advirtió que desde que se ordenó el allanamiento y se detuvo a los imputados, el fiscal “no llevó a cabo ninguna diligencia investigativa de utilidad a los fines de reforzar su hipótesis acusatoria de sospecha inicial”. Concretamente, la magistrada señaló que en la causa no consta que se hayan realizado pericias ni que se haya valorado los numerosos secuestros.
Además, la jueza criticó que Herrera direccionó la causa para obtener medidas cautelares civiles, como la intervención de la empresa, “perdiendo así de vista la naturaleza y fines de un proceso penal”.
Lenis de Vera advirtió, según los fundamentos de su resolución, que existen elementos que involucran a Rigourd y a Sánchez, aunque con distinto grado de compromiso.
Prohibido ausentarse
Esas pruebas a las que hizo mención la magistrada son, sobre todo, “las manifestaciones de los denunciantes tanto en sede policial como judicial”. Sin embargo, “no revisten la entidad probatoria suficiente para sustentar la medida coercitiva solicitada”, afirmó Lenis de Vera al justificar el rechazo de la prisión preventiva.
Rigourd y Sánchez deben presentar cauciones reales y personales antes de recuperar la libertad. El primero de ellos debe afectar bienes inmuebles por $ dos millones o depositar una suma similar, para garantizar su sujeción al proceso. Además le dictaron la inhibición general de sus bienes, la prohibición de salir de la provincia y debe comparecer todos los lunes a tribunales a firmar el libro de imputados. Similares medidas debe cumplir Sánchez, aunque la caución fijada en su caso es de $ 300.000.
Escasa actividad
“Resulta importante poner en relieve que la actividad llevada a cabo por el señor fiscal en la presente investigación, como titular de la acción pública, sólo se limitó a reunir presentaciones efectuadas por posibles damnificados quienes sólo acompañaron copias de documentación y/o instrumentos justificativos de sus pretensiones, las cuales no reúnen los recaudos legales mínimos a tal fin (copias simples, sin sellado, sin certificaciones pertinentes)”, describió Lenis de Vera en la resolución.
La causa se había iniciado por denuncias realizadas por personas que habían depositado dinero en Cofin, pero que no habían logrado que les retribuyeran la plata y mucho menos los intereses prometidos. El 7 de noviembre, Herrera allanó las oficinas de la financiera, ubicada en el microcentro, y secuestró computadoras y documentación.
Lenis de Vera afirmó que leyó el expediente, y que advirtió que desde que se ordenó el allanamiento y se detuvo a los imputados, el fiscal “no llevó a cabo ninguna diligencia investigativa de utilidad a los fines de reforzar su hipótesis acusatoria de sospecha inicial”. Concretamente, la magistrada señaló que en la causa no consta que se hayan realizado pericias ni que se haya valorado los numerosos secuestros.
Además, la jueza criticó que Herrera direccionó la causa para obtener medidas cautelares civiles, como la intervención de la empresa, “perdiendo así de vista la naturaleza y fines de un proceso penal”.