19 Enero 2015
RECLAMO. La OMC exigió que el país levante las trabas a las importaciones. reuters
BUENOS AIRES.- El Órgano de Apelaciones de la Organización Mundial de Comercio (OMC) rechazó la apelación argentina del fallo del Grupo Especial (Panel) sobre la controversia comercial que el país sostiene con la Unión Europea, con Estados Unidos y con Japón.
La diferencia surgió a causa del reclamo por medidas implementadas por la Argentina, que afectan a la importación de mercancías: el procedimiento de tramitación de las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI) y las condiciones exigidas a los operadores para su liberación. Las medidas fueron declaradas incompatibles con las normas de la OMC en agosto del pasado año.
Mauricio Claverí, coordinador de Comercio Exterior y Negociaciones Internacionales de la consultora Abeceb.com, explicó si bien el fallo adverso pone en evidencia que la política comercial de la Argentina resulta insostenible, lo más probable es que, en el corto plazo, no tenga efectos concretos sobre la economía.
El experto señaló que la adecuación de las normas internas, según lo estipula el organismo multilateral, requiere de determinados pasos que impedirían que esta adecuación se realice de forma inmediata. Según detalló, el proceso tiene los siguientes pasos:
• El Órgano de Solución de Controversias (OSD) debe aceptar o rechazar el informe en un plazo no mayor a 30 días.
• El Gobierno argentina debe manifestar su intención de adecuar sus normativas, en una reunión a celebrarse dentro de los 30 días siguientes a la adopción del informe.
• Finalizado ese plazo, si el país considera que su coyuntura no permite realizar la adecuación que exige la OMC, puede solicitar que se fije un “plazo prudencial” para hacerlo. En el pasado, este plazo ha variado desde los cinco meses hasta el año a partir de la fecha de aceptación del informe.
• Si la Argentina no respeta el plazo, entonces debe sentarse a negociar una compensación con los países damnificadas, que no debe tomar más de 20 días.
• Si luego de esos 20 días no se establece ninguna compensación, entonces los países que demandaron a la Argentina deben pedir permiso al OSD para tomar represalias. Por ejemplo, restringir importaciones desde la Argentina. Este escenario no es el más probable, ya que sobre un total de 488 casos similares, sólo cuatro terminaron en represalias.
Claverí afirmó que “la actual situación macroeconómica y la complejidad del esquema de controles sobre la importación, obstaculizan una flexibilización inmediata de las restricciones sobre las importaciones”. En este sentido, el especialista señaló que, lo más probable es que la Argentina negocie y obtenga un plazo prudencial de adecuación. “La negociación por delante será una prueba para las habilidades diplomáticas del país que, en los últimos años, no ha sabido cultivar una postura conciliadora en el ámbito multilateral”, analizó.
Finalmente, Claverí indicó que, teniendo en cuenta que las elecciones presidenciales en la Argentina se desarrollarán en octubre próximo, “es altamente probable que la resolución final del conflicto por el fallo de la OMC se convierta en un problema que deberá enfrentar el próximo gobierno”.
La diferencia surgió a causa del reclamo por medidas implementadas por la Argentina, que afectan a la importación de mercancías: el procedimiento de tramitación de las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI) y las condiciones exigidas a los operadores para su liberación. Las medidas fueron declaradas incompatibles con las normas de la OMC en agosto del pasado año.
Mauricio Claverí, coordinador de Comercio Exterior y Negociaciones Internacionales de la consultora Abeceb.com, explicó si bien el fallo adverso pone en evidencia que la política comercial de la Argentina resulta insostenible, lo más probable es que, en el corto plazo, no tenga efectos concretos sobre la economía.
El experto señaló que la adecuación de las normas internas, según lo estipula el organismo multilateral, requiere de determinados pasos que impedirían que esta adecuación se realice de forma inmediata. Según detalló, el proceso tiene los siguientes pasos:
• El Órgano de Solución de Controversias (OSD) debe aceptar o rechazar el informe en un plazo no mayor a 30 días.
• El Gobierno argentina debe manifestar su intención de adecuar sus normativas, en una reunión a celebrarse dentro de los 30 días siguientes a la adopción del informe.
• Finalizado ese plazo, si el país considera que su coyuntura no permite realizar la adecuación que exige la OMC, puede solicitar que se fije un “plazo prudencial” para hacerlo. En el pasado, este plazo ha variado desde los cinco meses hasta el año a partir de la fecha de aceptación del informe.
• Si la Argentina no respeta el plazo, entonces debe sentarse a negociar una compensación con los países damnificadas, que no debe tomar más de 20 días.
• Si luego de esos 20 días no se establece ninguna compensación, entonces los países que demandaron a la Argentina deben pedir permiso al OSD para tomar represalias. Por ejemplo, restringir importaciones desde la Argentina. Este escenario no es el más probable, ya que sobre un total de 488 casos similares, sólo cuatro terminaron en represalias.
Claverí afirmó que “la actual situación macroeconómica y la complejidad del esquema de controles sobre la importación, obstaculizan una flexibilización inmediata de las restricciones sobre las importaciones”. En este sentido, el especialista señaló que, lo más probable es que la Argentina negocie y obtenga un plazo prudencial de adecuación. “La negociación por delante será una prueba para las habilidades diplomáticas del país que, en los últimos años, no ha sabido cultivar una postura conciliadora en el ámbito multilateral”, analizó.
Finalmente, Claverí indicó que, teniendo en cuenta que las elecciones presidenciales en la Argentina se desarrollarán en octubre próximo, “es altamente probable que la resolución final del conflicto por el fallo de la OMC se convierta en un problema que deberá enfrentar el próximo gobierno”.
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