La Ley de Motochorros no alcanzó para lograr que bajen algunos índices delictivos

La norma aprobada por la Legislatura hace más de un año casi no cumple y, por el contrario, los delitos se incrementaron.

SIN EFECTO. La Ley Motochorros pretendía reducir los ataques de estos delincuentes pero estos casos han ido en aumento en el último año.  SIN EFECTO. La Ley Motochorros pretendía reducir los ataques de estos delincuentes pero estos casos han ido en aumento en el último año.

En marzo de 2018, por unanimidad, la Legislatura aprobaba por unanimidad lo que se conoció como la Ley Motochorros. Una norma con la que se pretendía reducir los ataques de motochorros, “rompevidrios” y escruchantes. A un año de su implementación, no sólo no se redujeron esos delitos, sino que la ley prácticamente no se cumple.

El objetivo de la nueva norma, según explicó el oficialismo en su tratamiento, era cerrar la “puerta giratoria” de los tribunales penales y facilitar la prisión preventiva para los delincuentes. De esta forma buscaban que los autores de este tipo de actos no recuperen la libertad fácilmente. Fue elaborado sobre la base de la propuesta del ministro fiscal, Edmundo Jiménez, para modificar el Código Procesal Penal de Tucumán y habilitar el dictado de la prisión preventiva para motochorros, “rompevidrios” y escruchantes (autores de robos a casas sin moradores).

Entonces, la Ley 8.747 autorizaba el dictado de la prisión preventiva “en casos de delitos de robo en la vía pública, cuando el hecho implique grave peligro psicofísico para la víctima o cuando sea evidente el aprovechamiento de circunstancias de mayor vulnerabilidad de la víctima, en razón a su edad o condición (menores, ancianos, discapacitados), o por los medios de movilidad utilizados o características del lugar del hecho”.

La norma se aprobó sin mucha discusión, pese a que un reducido grupo de legisladores advertía sobre su inconstitucionalidad. Ocurre que, según todos los antecedentes y fallos vinculantes, la prisión preventiva debe ser dictada de manera excepcional y no general. Además, según la jurisprudencia, sólo debe dictarse cuando haya peligro que el imputado entorpezca la investigación o se fugue.

Problemas legales

Hasta el momento no se informó cuántas personas fueron procesadas por haber cometido este tipo de robos, ni a cuántas se les dictó la prisión preventiva, tal como estipulaba la norma.

Según las estimaciones de los operadores judiciales, de 10 requerimientos solicitados por los fiscales, cinco eran aceptados por los jueces de instrucción, aunque en 60 días hábiles podían recuperar la libertad antes de ser enjuiciados. Tampoco hay datos estadísticos para determinar cuántos de los liberados fueron reincidentes.

“Nos atenemos a lo que dicen las leyes”, sostuvo el juez Facundo Maggio. El magistrado indicó que por flagrancia, a los imputados se les debe dictar prisión preventiva por 30 días hábiles, renovables por idéntica cantidad de tiempo. “Normalmente los defensores apelan la resolución y, antes de que se resuelvan se vencen los plazos”, argumentó.

Enrique Pedicone, uno de los integrantes de la Cámara de Apelaciones, dijo que esta es una de las resoluciones que se conocen como “demagogia punitiva”. Insistió en que el mayor problema es la falta de fundamentación de los fiscales a la hora de solicitar que se dicte la prisión preventiva.“Quedó demostrado que esta es una norma inaplicable. Hay que pensar en otras cosas, como la prevención del delito”, opinó.

Con este panorama adverso, los fiscales Adriana Giannoni y Diego López Ávila recurrieron a otro camino procesal: recurrir a juicios abreviados para que los acusados, en menos de 60 días, reciban una condena o sean absueltos del delito por el que fueron imputados. En la mayoría de los casos, y por no ser reincidentes, se les aplicaba una pena condicional.

“La persona que pasó por este proceso sabe que no puede delinquir más. Si lo hiciera, la condena se transforma en efectiva y, por ende, termina en la cárcel. Además, como ya tiene antecedente, recibirá una pena mucho más dura por el hecho por el que fue detenidamente procesado”, explicó Giannoni.

López Ávila, en cambio, ponderó el tiempo en el que se resuelven estas causas. “Con el sistema normal, por diferentes razones, puede demorarse años, pero con esta herramienta, semanas”, explicó.

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