Desde hoy, la compra de dólares deberá ser autorizada por el Banco Central

La medida regirá para personas jurídicas; también se necesitará autorización para transferir divisas al exterior

BANCO CENTRAL. Esta institución autorizará la compra de dólares en grande operaciones. BANCO CENTRAL. Esta institución autorizará la compra de dólares en grande operaciones.
01 Septiembre 2019

El Gobierno nacional autorizó al Banco Central (BCRA) a restringir las compras de divisas, según el boletín oficial publicado hoy.
El decreto incluye a los principales exportadores que necesitarán permiso de la autoridad monetaria para acceder al mercado de divisas, para comprar dólares y realizar transferencias al extranjero.
La medida, que regirá hasta el 31 de diciembre, se adopta en medio de una grave crisis financiera que sufre el país con una profunda caída del peso y salida de depósitos desde los bancos, junto a una notoria retracción en las reservas internacionales, todo dentro del marco de las dudas políticas que dispararon las recientes elecciones primarias.
"Ante los recientes acontecimientos económico-financieros desencadenados (...) es necesario adoptar medidas transitorias y urgentes para regular con mayor intensidad el régimen de cambios", explicó el decreto.
"Y, de esa forma, fortalecer el normal funcionamiento de la economía, contribuir a una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real", agregó.
La medida, distingue la situación de las personas naturales de la de las personas jurídicas.
El viernes, el riesgo país argentino superó los 2.500 puntos, niveles no vistos desde 2005, mientras que el peso acumuló una depreciación del 26,26% en agosto y una baja del 36,66% en lo que va del año

Para tener en cuenta

A través de esta medida se busca lograr mayor estabilidad cambiaria y proteger al ahorrista:

• Nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.

• No hay ningún impedimento al comercio exterior.

• No hay restricciones sobre viajes.

Personas humanas:

• Las personas físicas no podrán comprar más de U$S 10.000 por mes.

• No podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de U$S 10.000 por persona por mes.

Personas Jurídicas:

• Los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities)

• No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.

• Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.

Los bancos estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas por un mes.

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