Las empleadas domésticas que se encuentren embarazadas tienen derecho a una licencia por maternidad de 90 días. Este beneficio es tramitado personalmente en la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y el empleador debe informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para no abonar los aportes en ese período.
En principio, la licencia por maternidad debe tomarse 45 días corridos antes de la fecha probable de parto y 45 días después. No obstante, la trabajadora puede elegir que se reduzca el período anterior al parto hasta un mínimo de 30 días antes, y 60 después.
En ese lapso, el empleador no abonará el sueldo sino que la empleada cobrará una Asignación por Maternidad que abona Anses. Para que el organismo la abone, la trabajadora deberá realizar el trámite personalmente. Como recomendación se debe hacer el trámite lo antes posible porque hay una gran demora en ser procesado y luego comenzar el pago.
El requisito fundamental para estos trámites es contar con el certificado médico que acredite la probable fecha de parto.
Licencia de maternidad para empleadas domésticas: ¿Qué sucede con los aportes a la AFIP?
En ese período, no corresponde el pago de aportes a la AFIP. Sin embargo, en el primer mes, cuando la empleada empieza la licencia, se debe abonar porque es un monto que no puede ser dividido, ni sacar un proporcional por día.
En cambio, en el último mes de la licencia, no debe ingresar la obligación con la AFIP.
El paso a paso para hacer el trámite en la AFIP
Vale recordar que el trámite debe ser realizado por la parte empleadora y es independiente del pedido de la asignación ante la Anses. Una vez avisado, la AFIP no generará los aportes obligatorios durante esos tres meses.
- Identificarse en el sitio web de AFIP con clave fiscal nivel 2.
- Ingresar al servicio «Personal de Casas Particulares».
- En la tarjeta “Trabajadores a cargo”, elegir el botón “Cargar licencias”.
- En las licencias, elegir “Maternidad”. Colocar la fecha de inicio del período, la de finalización se completa en forma automática por el sistema. Confirmar.
- Luego, aparece una ventana emergente donde están los datos. Allí se puede Confirmar o Cancelar y volver a corregir.
- El trámite está listo. La trabajadora luego puede ver la licencia ingresando con su propia clave fiscal. Allí se informará que está de licencia y las fechas de inicio y final.
Empleadas domésticas: ¿qué debo hacer para percibir la Asignación por Maternidad de Anses?
El organismo previsional que dirige actualmente Fernanda Raverta les pagará a todas las trabajadores que cursen dicha licencia la prestación por maternidad.
"El valor de este equivale al sueldo que cobra de manera habitual. Sin embargo, el empleador se lo debe pagar hasta que la licencia se haga efectiva”, explica Anses.
Empleadas domésticas: el paso a paso para sacar la licencia por maternidad
- Ingresar en Mi Anses para verificar que todos los datos personales y familiares estén actualizados y acreditar toda la información necesaria.
- Por otro lado, completar los formularios que están disponibles según se indica en el título Documentación.
- Por último, entrar en la Atención Virtual.
Licencia por maternidad: toda la documentación necesaria
- Formulario PS 2.55 Declaración Jurada novedades unificadas de SUAF en los rubros 1, 3, 5, 6 y 10.
- Certificado médico que conste en el rubro 6 debe contener las mismas fechas del certificado médico con el que declaraste el embarazo al empleador o podés reemplazar el rubro 6 con el certificado médico con el cual el empleador tomó conocimiento del estado de embarazo. El certificado de embarazo debe estar extendido por un médico o Licenciado en Obstetricia del que surja el nombre, apellido y tipo y número de documento de la embarazada, semanas o meses de gestación, fecha probable de parto, fecha de emisión del certificado, y firma y sello del médico o Licenciado en Obstetricia.
- El rubro 10 debe tener tu firma y la del empleador. Si por motivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio tu empleador no firmó el formulario podrás adjuntar una nota, firmada por el empleador, en la cual informe los datos solicitados en el rubro 5, es decir, tu opción de licencia (30/60 o 45/45) y la fecha en la cual le declaraste el estado de embarazo y efectuaste la opción de licencia.