El jefe de Estado argentino posa con la directora gerente del FMI, Kristalina Georgieva.
El gobierno nacional anunció que emitirá un DNU cuando firme el acuerdo que negocia con el FMI. No es lo mejor, pero dadas las circunstancias podría funcionar.
Primero lo básico. Según la Constitución la deuda pública debe ser aprobada por el Congreso. Y en febrero de 2021 se sancionó la ley 27.612 que dispone que los acuerdos con el Fondo requieren una ley especial. No hay margen
para interpretaciones: ni siquiera podrían ir dentro de una ley de presupuesto en la parte que disponga el máximo de títulos públicos a emitir. Por lo tanto el DNU debería también modificar la 27.612.
Además, plantea la Constitución que sólo puede pedirse prestado para “empresas de utilidad nacional”, entiéndase proyectos de largo plazo como infraestructura, o para emergencias. No se podría tomar deuda para sueldos, no importa si interna, externa o del Banco Central (la emisión de base monetaria). Como el dinero es fungible es complicado verificar para qué se utilizó un crédito dentro de un enorme gasto total, pero como mínimo podrían compararse en períodos de, por ejemplo, cinco o diez años, deuda y gastos en obra pública o similares. Si la deuda fuera mayor que esos egresos se estuvo violando la Constitución.
Claro que con deuda ya tomada y años de vaivenes económicos, para las operaciones de renovación, mientras no impliquen aumentos desmesurados de pasivos, la consideración debería ser otra, pero de todos modos habría que trabajar en desendeudar para que cualquier crédito posterior tenga sólo el destino constitucional.
Ahora bien, con respecto al inminente acuerdo todavía no hay detalles pero Javier Milei dijo que servirá para que el PEN pague la deuda que tiene con el Banco Central y así ayudar a eliminar la inflación. Pero no es la deuda del gobierno la que generaría inflación sino la del BCRA porque es emisión potencial, que se realizará el día que el Banco pague. Por eso se usa actualmente el concepto de base monetaria ampliada, que incluye la tradicional (emisión primaria realizada) más la esperada (pasivos remunerados del BCRA) como guía para las expectativas monetarias. El gobierno reemplazó esos pasivos por deuda propia pues el Central los emitió para absorber parte de lo que le prestó al PEN y equivalían a lo que el gobierno habría tomado del mercado si no le hubiera pedido al BCRA. El acuerdo con el Fondo permitiría continuar en ese camino, aunque el gobierno quedaría endeudado con el mercado, no con el Central
¿Hay urgencia? Tal vez. Menor emisión potencial fortalecería la tendencia a la baja de la inflación sin recurrir tanto al atraso cambiario. Que por ahora sirve, pero es arriesgado usarlo hasta octubre e insostenible después. En cambio, si el acuerdo sirviera para pagar la deuda actual con el FMI (hacer roll over) habría argumentos más fuertes.
Esta alternativa como mínimo aliviaría las reservas del BCRA. Hoy las deudas dolarizadas se están pagando más que renovando y eso demora la acumulación de reservas. Con un rolleo podrían verse al menos cuatro efectos positivos. Uno, mayor recuperación de reservas que brindaría más seguridad para una próxima salida del cepo cambiario. Dos, caída del riesgo país al haber menos peligro de impagos por el mayor potencial de disponibilidad al no necesitarse atender en efectivo al Fondo. Tres, lo anterior permitiría renovaciones de otras deudas con el propio efecto de no necesitar dólares para ellas. Y cuatro, todo eso se manifestaría también en facilitar al sector privado el acceso al crédito internacional y en más probabilidad de inversión externa directa.
Eso se pierde si una vez definidos los detalles hay que consultar al Congreso. Con seguridad habría retrasos porque no será sólo discutir sino pretender retocar el acuerdo. Mientras tanto, seguirán la incertidumbre, la salida de dólares por pago de deudas y la demora de inversiones por la persistencia del cepo. Por eso el gobierno apostaría al DNU. Mientras el Congreso lo trate el acuerdo estaría en vigencia, por ley el texto del decreto es inmodificable, no sería por ninguno de los temas prohibidos por la Constitución y entraría en uno de los motivos que hacen aceptable el instrumento: para la Corte Suprema, la imposibilidad de seguir el trámite legislativo normal puede interpretarse como que el Congreso tardaría en dar la respuesta más tiempo del que sería útil para que la medida propuesta lleve a buenos resultados.
Ahora, ¿es posible un “susto” con el tipo de cambio al eliminar el cepo? Quienes dicen que sí apuntan a una recuperación del atraso cambiario, que medido por el índice del tipo de cambio real multilateral del Central requiere una suba de 22 por ciento (hoy). Pero eso con el promedio de las monedas que hacen lo principal del comercio exterior argentino. El dólar en solitario debería aumentar 4,5 por ciento. ¿Tendría que subir más para compensar al dông o al yuan? Quienes dicen que no, sostienen que no hay pesos para eso. Pero sí los hay. Enero a enero el M3 privado (uno de los agregados considerados dinero) subió 109,5 por ciento, un 20 por ciento en términos reales. Así como el BCRA emite cuando compra dólares, los bancos lo hacen cuando dan préstamos. Por esa vía podría haber alza en el precio del dólar cuando caiga el cepo y hace falta algún reaseguro de que será manejable.
El acuerdo con el FMI podría ayudar, y cuanto antes se apruebe, mejor. Pero el argumento de las reservas es más fuerte que el de la inflación y Milei no lo usa. ¿No le interesa rollear la deuda con el FMI o no quiere darle la razón a Domingo Cavallo, quien no pidió devaluar sino que en vez de ceder dólares para achicar la brecha entre el CCL y el oficial se fortalezcan las reservas? Como fuere, serían mejores una ley de presupuesto y un debate parlamentario sobre las cuentas públicas, pero si no los hay al menos que esté el acuerdo.




















