Derechos del pasajero: ¿puedo reclamar si suspendieron mi vuelo por un paro?
La Administración Nacional de Aviación Civil es el organismo regulador y el encargado de hacer cumplir los derechos de los pasajeros. Ante quejas o consultas, los viajeros podrán dirigirse a la administración para efectuarlas.
Tanto pilotos como personal de los aeropuertos anunciaron la quita de sus servicios durante lo que dure el paro general convocado por la CGT contra la reforma laboral. Foto: NA
El paro nacional convocado por la Confederación General del Trabajo (CGT) este jueves 19 contra la reforma laboral impulsada desde el oficialismo generó consecuencias en todo el ámbito del país. A raíz de la medida de fuerza, las aerolíneas debieron cancelar y reprogramar vuelos, tanto de cabotaje como internacionales, dejando pasajeros con planes truncos.
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) recuerda a los pasajeros que tienen derechos que deben ser respetados. Por lo tanto, ante un paro general, las aerolíneas deben garantizar una serie de situaciones. Pero los pasajeros deberán hacer el monitoreo del estado de sus viajes para conocer en cada caso específico cuáles son los pasos que deben seguir.
¿Puedo reclamar si mi vuelo se altera por un paro nacional?
Las aerolíneas tienen la obligación de prestar servicios incidentales en caso de que un vuelo se vea retrasado, reprogramado o cancelado. Pero la ANAC establece también excepciones a esta obligación para las aerolíneas. Esto quiere decir que hay casos en que las empresas no deben responsabilizarse por la estadía, alimentos o refrigerios de los pasajeros.
El transportador queda exento de proporcionar estos servicios cuando la cancelación, retraso o reprogramación del vuelo o de un vuelo en conexión sea consecuencia de circunstancias meteorológicas, caso fortuito o fuerza mayor. En este caso, un paro general es considerado un caso de fuerza mayor, por lo que, en caso de haber llegado al sitio de embarque, los pasajeros no tendrán cubiertos comida, alojamiento ni traslados en función del tiempo de espera.
¿En qué casos la aerolínea no debe responsabilizarse del pasajero?
Además de los casos señalados, el transportista tampoco tendrá que cubrir servicios incidentales si la cancelación, retraso o reprogramación del vuelo o de un vuelo de conexión hubiera sido informada al pasajero con al menos 15 días de anticipación a la salida del vuelo original.
Debido a la quita de prestación del servicio, se recomendó a los viajeros no trasladarse hacia los aeropuertos. La Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas fue uno de los gremios que confirmó su adhesión al paro, por lo que la operación en las terminales aéreas se verá afectada. Tampoco habrá personal de rampas, despacho de equipaje o servicio de pista durante lo que dure el paro.





















