Ganancias: rebaten la posición de los jueces

Los tributaristas entienden que el impuesto debería alcanzar a todos por igual y eso no exceptúa a los integrantes del Poder Judicial. La discusión se centra en lo que dice la Constitución y en su interpretación.

24 Junio 2016
La cifra no es menor: son casi $ 5.151 millones los que el fisco dejará de recaudar este año para sostener la exención del pago del impuesto a las Ganancias a los magistrados de todo el país. El miércoles, en Buenos Aires, jueces, fiscales, defensores, funcionarios y empleados judiciales, y consejeros de la Magistratura rechazaron en forma unánime ser sujetos pasivos del impuesto.

Como argumento de esa postura fue mencionado el artículo 110 de la Constitución Nacional, que establece la “intangibilidad” de las remuneraciones de los magistrados.

“Más allá de la inequidad del beneficio frente a todos los asalariados y a los contribuyentes en general, donde la lógica jurídica genera que los jueces no tengan el mismo tratamiento impositivo que todo ciudadano, la inconsistencia queda de manifiesto en un momento donde el gobierno enfrenta serios problemas fiscales, y la presión tributaria ha subido para todos los sectores económicos”, advierte en uno de sus reportes el Centro de Economía Regional y Experimental (CERX). Si bien esos $ 5.151 millones que el Estado deja de recaudar tienen una incidencia porcentual muy baja en la recaudación total anual, el monto es significativo en términos absolutos por la pérdida de recursos que podrían ser destinados a otros fines, considera la consultora que dirigen los economistas Victoria Giarrizzo y Dardo Ferrer.

Para dimensionar, señala el CERX, en 2015, por ejemplo, el monto destinado al plan Progresar fue de $ 4.700 millones, o el costo fiscal reciente de poner un tope de 400% al aumento en las tarifas residenciales de gas fue de $ 2.250 millones. “Más exageradamente -plantea la consultora-, en 2015 la Nación cerró un programa con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) de $ 400 millones dirigido a financiar la construcción de escuelas y programas educativos.

Si bien el privilegio de eximir de Ganancias a los magistrados existe desde 1936, en 1996 la Ley 24.631 derogó esa exención. Sin embargo automáticamente la Corte intervino y la declaró inaplicable. Los especialistas consideran que los magistrados deberían aportar por Ganancias, como lo hacen el resto de los asalariados que padecen los efectos de la inflación y de la falta de actualización de las escalas del polémico impuesto al salario.

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