Lijo insiste en que las escuchas a Parrilli se ajustan a la ley

El juez respondió a un requerimiento de la Corte sobre el accionar en la causa El magistrado especificó que la defensa del ex funcionario K tenía en su poder los audios y que jamás objetó su utilización

COMPLICADO. La denuncia contra Parrilli continúa adelante. Dyn (archivo) COMPLICADO. La denuncia contra Parrilli continúa adelante. Dyn (archivo)
10 Febrero 2017
BUENOS AIRES.- El juez Ariel Lijo y la oficina de captaciones telefónicas dieron explicaciones a la Corte Suprema sobre el escándalo de las escuchas con conversaciones entre la ex presidenta Cristina Fernández y el ex jefe de los espías Oscar Parrilli para desligarse de la filtración del material, y sostuvieron que fue la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) la que se encargó del procedimiento.

La Corte reclamó el miércoles que la Oficina de Captación de Comunicaciones, que está bajo su órbita, brinde explicaciones por la difusión de audio de una intervención telefónica que involucraba a Fernández y a Parrilli, quien le había pedido aclaraciones al máximo tribunal.

Además, la Corte le pidió a Lijo “que con idénticos recaudos, ponga en conocimiento del Tribunal, cualquier circunstancia que considere pertinente orientada a dilucidar la responsabilidad administrativa que pudiere corresponder a los agentes judiciales intervinientes en la captación, transmisión, entrega y resguardo de la cadena de custodia de los datos obtenidos mediante las interceptaciones telefónicas ordenadas en la causa”. En ese contexto, Lijo y la oficina de las escuchas dieron sus explicaciones, que fueron publicadas en sendos oficios por el Centro de Información Judicial (CIJ).

En nueve carillas, Lijo -a cargo de la causa contra Parrilli por presunto encubrimiento del narco Ibar Pérez Corradi en cuyo marco trascendieron las conversaciones con Fernández- hizo una breve reseña de las actuaciones, justificó las intervenciones e insistió en que la defensa del ex funcionario, a cargo de Roberto Boico, tuvo copias de las actuaciones y las grabaciones y “no existe en el expediente ningún planteo de las partes respecto de la validez de las intervenciones telefónicas practicadas”.

Lijo remarcó que “se autorizó a personal de la Agencia Federal de Inteligencia -el cual también debe resguardar la confidencialidad regulada por esas leyes- a realizar la escucha directa de los abonados telefónicos de referencia como así también a retirar los discos con el producido de las intervenciones”.

Añadió que “la copia del material en cuestión fue realizada en las máquinas de esta dependencia por un Secretario y un Prosecretario de este Tribunal quienes, al momento en que terminaban las copias de cada disco, procedían a la reserva del material en cuestión en la caja fuerte de este Tribunal”.

En tanto, también elevó a la Corte su respuesta la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado del Poder Judicial de la Nación, con la firma del camarista Martín Irurzun -presidente de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal-, su colega de Comodoro Rivadavia Javier Leal Ibarra y del ex secretario de Lijo, Juan Tomas Rodríguez Ponte, a cargo del área de captaciones telefónicas.

Allí se remarcó que se abrió un expediente administrativo para esclarecer cómo se filtraron a la prensa las escuchas.

En 18 páginas, el informe repasa las funciones del área y su procedimiento, y resaltó que “la responsabilidad de la dirección en cuanto al resguardo del material culmina con la entrega de los CDs a la autoridad judicial requirente o a quien esta designare”. “De las constancias obrantes en los registros emana que se ajusta a los procedimientos habituales establecidos en los reglamentos y protocolos de actuación correspondientes”, resaltó. (DyN)

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