Por Irene Benito, Federico Diego van Mameren y Álvaro José Aurane 22 Septiembre 2020
JUEZ Y DENUNCIANTE. Enrique Pedicone en una audiencia oral y pública. la gaceta / foto de Analía Jaramillo (archivo)
Enrique Pedicone, magistrado de Impugnación de la capital, y sus abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig se niegan a que la denuncia penal que el primero articuló el 1 de septiembre contra el vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, Daniel Leiva, reciba el trámite “escrito y secreto” del Código Procesal Penal de 1991, que rigió hasta el 31 de agosto. En un escrito dirigido a la fiscala Mariana Rivadeneira, el denunciante y sus letrados exigieron que la causa pasara a un juez para que este llame a una audiencia oral y pública como prescriben el nuevo Código (2016) y las convenciones internacionales contra la corrupción. “No puede un funcionario público de la envergadura del imputado Leiva tratar de esconder su proceder delictivo que afecta peligrosamente al orden público tras la cortina de un presunto cuidado de los elementos y medios de prueba utilizados para acreditar su atropello”, criticaron.
La presentación de ayer hace reserva del derecho de acudir ante los máximos órganos judiciales provinciales, nacionales e internacionales para cuestionar “cualquier violación a las garantías del debido proceso, y de los derechos a una justicia rápida, independiente e imparcial, y a castigar de modo ejemplar los hechos de corrupción”. Pedicone, Ahumada y Battig requirieron a Rivadeneira que les otorgue de manera inmediata la calidad de querellantes; que les dé acceso al legajo; que remita la causa al juez pertinente para la realización de la audiencia, y que tenga presente “su formal oposición” a que continúe la tramitación con las normas procesales “del secretismo y de la oscuridad”.
El juez y los profesionales consignaron que se habían enterado por LA GACETA acerca del rechazo de la audiencia pública por parte de la defensa de Leiva a cargo del abogado Esteban Jerez. Este sostuvo que, como los hechos denunciados datan del 28 de julio, cabía dilucidarlos con el antiguo Código que para el supuesto de fueros prevé la investigación jurisdiccional con papeles -a cargo de un juez-, siempre que la fiscala la requiera. Por separado, Jerez solicitó a Rivadeneira la exclusión del acta manuscrita del secretario judicial Fernando Valladares y de las grabaciones que aportó Pedicone con el argumento de que esas pruebas son “nulas” y “falsas”. Ahumada, Battig y Pedicone señalaron que Rivadeneira pretendía que contestaran los planteos sin colocarlos a su disposición, pero que entendían que la posición de Jerez no encontraban sustento ni en el orden jurídico ni en las reglas de la ética, la moral o el sentido común. “La fiscala podrá fácilmente comprender que los hechos de corrupción, como las agresiones y los abusos sexuales, ocurren casi siempre en la intimidad por lo que las pruebas deben ser recibidas y producidas con la mayor amplitud posible”, reflexionaron.
Incitación para la fiscala
En la primera jornada de este mes y en coincidencia con la implementación plena de la reforma del proceso penal, Pedicone expuso ante el Ministerio Público Fiscal que Leiva le había pedido que “manejara las intensidades” de una pesquisa de supuesto abuso sexual y manejo irregular de cuentas bancarias endilgados al legislador opositor Ricardo Bussi. Según el magistrado, el vocal lo citó en una cafetería de Barrio Norte una hora antes de la audiencia del 28 de julio convocada por pedido del defensor de Bussi, Juan Colombres Garmendia (h), donde aquel terminó apartando al juez que llevaba la investigación jurisdiccional, Raúl Cardozo, y ordenando que el legislador imputado acceda a las actuaciones. Pedicone indicó que Leiva trató de influir en su decisión invocando el nombre del gobernador Juan Manzur y del vicegobernador Osvaldo Jaldo, y que se había comprometido a denunciar la situación cuando se desprendiera del caso “Bussi”, cosa que ocurrió con el cambio de códigos el 1 de septiembre.
La tensión acerca del procedimiento aplicable a esta denuncia penal explosiva comenzó al día siguiente de su presentación, cuando el en ese momento ministro público fiscal subrogante Daniel Marranzino (reemplaza a Edmundo Jiménez) la envió a la estructura encargada de concluir las miles y miles de causas en trámite con el digesto de 1991. El denunciante puso el grito en el cielo con el razonamiento de que el sistema fue ineficaz en términos generales para esclarecer las conductas delictivas y particularmente impotente para sancionar a los funcionarios públicos: en casi 30 años de vigencia, la investigación jurisdiccional nunca logró sentar a un imputado con fueros en un juicio oral.
Ahumada y Battig argumentaron, además, que el 31 de agosto Leiva y sus otros cuatro pares de la Corte emitieron la Acordada 806/20 que expresamente dispone que las denuncias articuladas a partir de septiembre debían ser desarrolladas con el esquema de audiencias del nuevo Código. “Esto es indiscutible”, reiteraron este lunes Pedicone y sus letrados. E instaron a Rivadeneira a actuar de cara a la ciudadanía en general, a los interesados en particular y a los medios de comunicación: “esperamos que la Justicia dé cumplimiento a los compromisos asumidos por el Estado argentino en cuanto a que las cuestiones de corrupción deben tratarse con transparencia, participación ciudadana y acceso a la información pública”.
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