Avanza la desregulación aérea: autorizan el uso de tripulantes y aeronaves extranjeras en el país

Mediante un decreto, el gobierno de Milei habilita el ingreso de servicios extranjeros en los vuelos de cabotaje.

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Hace 2 Hs

El gobierno de Javier Milei avanzó en la liberación del mercado aerocomercial de Argentina y habilitó el ingreso de aeronaves y tripulaciones extranjeras para operar en los servicios de cabotaje, en medio de su plan para entregar rutas o la privatización de Aerolíneas Argentinas y el conflicto con los gremios del transporte.

La medida fue oficializada a través del decreto Nº 844/2024 que lleva el nombre del mandatario y del ministro de Economía, Luis Caputo, publicado este lunes en el Boletín Oficial.

Establece que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) está habilitada a otorgar autorizaciones para que personal extranjero desempeñe funciones aeronáuticas en los servicios aerocomerciales, así como también para la utilización de aeronaves de matrícula extranjera a operar en el país "cuando una aerolínea lo requiera".

“En los servicios aerocomerciales el personal que desempeña funciones aeronáuticas deberá ser argentino. El Poder Ejecutivo Nacional podrá autorizar un porcentaje de personal extranjero, estableciéndose un procedimiento gradual de reemplazo del personal extranjero por personal argentino”, fundamentó la administración libertaria en este documento.

“Las aeronaves afectadas a los servicios aerocomerciales y de aviación general deberán tener matrícula argentina. Sin embargo, el Poder Ejecutivo Nacional permitirá la utilización de aeronaves de matrícula extranjera. Cuando esto ocurre el Poder Ejecutivo Nacional procurará obtener principios de reciprocidad y acuerdos de doble vigilancia de seguridad operacional, en los que se garantice que dichas aeronaves serán tripuladas, asistidas y mantenidas por personal argentino, con las autorizaciones de ley”, argumentó.

A la vez, indicó que, desde la publicación del decreto, la Autoridad Aeronáutica Nacional tiene un plazo de 60 días para fijar la “reglamentación técnica, conforme a los estándares internacionales y, particularmente, a los estándares regionales”.

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