Ley jubilatoria: la moratoria previsional para trabajadores activos

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Si bien es cierto se trata de un anuncio del 6 de febrero pasado, aun la Ley 27.705 mantiene plena vigencia hasta el 23 de marzo de 2025, fecha desde la cual continuaría vigente para el grupo de trabajadores activos, enunciados en el Capítulo III de la mencionada ley.

Los objetivos serían claros y están alineados a la idea en general de reducción del gasto público, es decir, culminar con la vigencia de la ley para quienes están en condiciones de jubilarse en la actualidad, o al menos no permitir la compra de aportes por mujeres de 60 y hombres de 65 años de edad, a fin de eximirse de la responsabilidad de pago en lo inmediato de un beneficio previsional, que a su vez es de por vida del titular de la jubilación.

Por otro lado, permitir que los trabajadores activos que estén a 10 a menos de 10 años de cumplir la edad previsional, sí puedan completar años que les va a faltar cuando alcancen los 60/65 años de edad e ir aportando al sistema desde ahora y hasta obtener la jubilación.

En este caso, habrá un ingreso de aportes al sistema durante 10 o poco menos de 10 años, sin que el Gobierno tenga que devolver esos aportes en concepto de jubilación.

Los requisitos para el plan de deuda provisional son:

-Mujeres entre 50 y 59 años de edad.

-Hombres entre 55 y 64 años de edad.

-Estar activos o darse de alta al monotributo y aportar.

-Contar con caja de ahorro en banco a su nombre.

-Responsabilidad del abogado/a especialista.

Nuestro trabajo consiste en realizar un análisis previsional exhaustivo a fecha actual, evaluar edad y cantidad de años de aportes que la persona tiene hasta ahora y cuantos años más aportará hasta la edad jubilatoria (60 años mujeres, 65 años hombres).

Realizar un cómputo del total de años con el que llegará y lo que le falte completarlo desde ahora, a través del armado de un expediente completo que se presentará en Anses para su aprobación y; a partir de ellí el titular podría ir cancelando los años de aportes faltantes hasta que llegue la edad jubilatoria y pueda acceder al beneficio con la edad y los 30 años mínimos requeridos por el sistema.

Desde la sanción de la ley, el 28 de febrero de 2023 sabíamos que se trata de una moratoria más onerosa, pero incluye la gran novedad y posibilidad de que los trabajadores activos, incluso los trabajadores informales, puedan realizar los aportes que ya saben les faltará para poder jubilarse en el futuro.

Es una excelente oportunidad de completar esos años para asegurarse en un futuro la jubilación y un gran aire previsional para el sistema que tendrá ingresos extra para poder hacer frente al pago de las prestaciones actuales.

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