La fiscala Rivadeneira invalida como prueba los audios del juez Pedicone

En las grabaciones consta cómo el vocal Leiva habría pedido el “manejo de la intensidad” de un proceso contra el legislador Bussi

EN LA AUDIENCIA DEL CASO DE JOSÉ ALPEROVICH. El juez Enrique Pedicone en la sala de la Justicia penal. la gaceta / foto de franco vera (archivo) EN LA AUDIENCIA DEL CASO DE JOSÉ ALPEROVICH. El juez Enrique Pedicone en la sala de la Justicia penal. la gaceta / foto de franco vera (archivo)

El indicio más poderoso que había contra el vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, Daniel Leiva, no podrá ser usado como prueba en su contra si prospera la exclusión que recomendó la fiscala Mariana Rivadeneira. Esa representante del Ministerio Público Fiscal acogió una de las objeciones que había planteado Esteban Jerez, defensor de Leiva, y descartar los audios grabados por el juez y denunciante Enrique Pedicone. Esos archivos son la base sobre la que aquel magistrado adujo que Leiva lo había presionado para que “manejara la intensidad” de un proceso por supuesto abuso sexual e irregularidades con cuentas bancarias contra el legislador Ricardo Bussi (Fuerza Republicana).

Para opinar como lo hizo, Rivadeneira consideró que había habido vulneraciones a los derechos humanos fundamentales del vocal de la Corte. “En el caso que nos ocupa, estimo que el accionar del denunciante evidencia patentes vulneraciones al debido proceso legal y a la privacidad e intimidad, como así también al principio de la no autoincriminación del denunciado que constituyen verdaderas de lesiones índole constitucional”, dijo.

En la misma resolución, la fiscala avaló el acta manuscrita labrada por el secretario Fernando Valladares que también había presentado Pedicone. Según su criterio, el instrumento en sí goza de validez, aunque su contenido puede ser discutido. Ocurre que el funcionario judicial se desmintió a sí mismo en una declaración voluntaria que hizo ante Rivadeneira: dijo que escribió que había oído por el altavoz a Leiva mientras citaba a Pedicone a una reunión y luego lo que aquel le comentó por “temor reverencial” a su superior, el juez denunciante.

Antes, la fiscala había considerado que la causa debía ser tramitada con la modalidad escrita y cerrada del viejo Código Procesal Penal aunque la denuncia ingresó el 1 de septiembre, día de entrada en vigencia total del nuevo Código que transparenta las investigaciones mediante las audiencias orales y públicas. Tal criterio fue refrendado por el juez Juan Francisco Pisa, quien, además, denegó la calidad de querellante a Pedicone.

 A los fines de discutir las reglas procesales aplicables y la posibilidad de querellar a Leiva, Pedicone, y sus abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig dedujeron el 5 de octubre un recurso de “per saltum” ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. El lunes trascendió que el jefe interino de los fiscales, Alejandro Noguera (reemplaza a Edmundo Jiménez, quien está de licencia), opinó que el salteo de instancia debía ser rechazado sin más trámite porque los planteos carecían de interés constitucional, de gravedad institucional y de urgencia. Además, Noguera solicitó sanciones para Pedicone y sus letrados por haberse referido a Leiva, a Rivadeneira y a Pisa con expresiones “reñidas con la ética y la buena fe”.

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