Jannik Sinner, número 1 del ranking ATP, fue sancionado por doping

El tenista italiano, de 23 años, no podrá jugar hasta el 4 de mayo.

 Jannik Sinner Jannik Sinner
15 Febrero 2025

Duro revés para el tenista italiano y número 1 del ranking ATP, Jannik Sinner. En las últimas horas, la Agencia Mundial Antidopaje lo suspendió por tres meses tras dar positivo por clostebol, una sustancia prohibida, en marzo de 2024.

La suspensión de Sinner comenzó el 9 de febrero de 2025 y se extenderá hasta el 4 de mayo del mismo año. De esta manera, el tenista se perderá importantes torneos de la categoría Masters 1000, incluyendo Indian Wells, Miami, Montecarlo, Madrid y Roma. Sin embargo, estará habilitado para regresar a tiempo para competir en Roland Garros.

“La AMA confirma que ha llegado a un acuerdo de resolución del caso del tenista italiano Jannik Sinner, en el que el jugador acepta un período de inelegibilidad de tres meses por una violación de las normas antidopaje”, expresó el organismo mediante un comunicado.

“La AMA acepta que el Sr. Sinner no tenía intención de hacer trampa y que su exposición al clostebol no le proporcionó ningún beneficio para mejorar el rendimiento y tuvo lugar sin su conocimiento como resultado de la negligencia de los miembros de su entorno”, agregó la entidad.

El caso de Jannik Sinner

La situación tuvo lugar en marzo de 2024, durante el torneo de Indian Wells, donde Sinner dio positivo por clostebol en dos controles antidopaje consecutivos. Según se informó, el fisioterapeuta del italiano, Giacomo Naldi, utilizó un spray que contenía clostebol para tratar una herida en su propio dedo, lo que provocó la contaminación del tenista.

En un principio, la Agencia Internacional de Integridad en el Tenis (ITIA) determinó que no hubo negligencia, pero la AMA apeló esta decisión ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), buscando una suspensión de entre uno y dos años.

Comunicado de la Agencia Mundial Antidopaje

La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) confirmó que ha llegado a un acuerdo con Sinner, en el cual el jugador acepta una suspensión de tres meses. La AMA reconoce que el deportista no obtuvo beneficios competitivos ni actuó con intención de mejorar su rendimiento de manera indebida. Sin embargo, se señala que, según el Código Mundial Antidopaje, un atleta es responsable de la negligencia de su entorno.

Según los términos del acuerdo, Sinner cumplirá su periodo de suspensión desde el 9 de febrero de 2025 hasta el 4 de mayo de 2025, incluyendo un crédito de cuatro días cumplidos previamente durante la suspensión provisional. Además, podrá reincorporarse a la actividad oficial de entrenamiento a partir del 13 de abril de 2025.

Finalmente, tras este acuerdo, la AMA retiró formalmente su recurso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo.

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